Defensores de víctimas dicen que debe llamarse a juicio. Para otros abogados, quedan otras opciones.

Este miércoles la jueza 28 de conocimiento de Bogotá negó la petición de precluir la investigación por soborno a testigos y fraude procesal que sigue la Fiscalía contra el expresidente y exsenador Álvaro Uribe Vélez y, aunque se ha dicho que lo siguiente sería llamarlo a juicio, abogados penalistas consideran que aún hay otras opciones.

Tras la decisión, las víctimas del caso afirmaron que lo procedente es llamar a juicio. Los abogados Reinaldo Villalba y Miguel Ángel del Río, defensores de víctimas,  sostuvieron que los términos para que la Fiscalía presente otra preclusión por causales distintas a las que le negaron ya están vencidos, de acuerdo al artículo 175 del Código de Procedimiento Penal.

Ese artículo señala que el término que tiene la Fiscalía para formular la acusación o solicitar la preclusión no podrá exceder 120 días contados desde el día siguiente a la formulación de la imputación,  cuando se presente concurso de delitos, es decir, más de un delito.

Al respecto, Del Río, abogado de Deyanira Gómez, señaló que sería «un despropósito que a la Fiscalía se le ocurra con nuevos hechos pedir preclusión, además los términos están vencidos. Hoy la única alternativa sería radicar el escrito de acusación«.

Añadió que una vez se determinó que Uribe estaba imputado, la Fiscalía tenía dos opciones «pedir la preclusión o llamar a jucio; pidió la primera y terminada esta, no le queda más que ahora llamar a juicio», señaló.

Sin embargo, varios abogados penalistas consideran que el ente acusador aún tiene otros caminos.

Las opciones que tiene la Fiscalía

Aunque oficialmente el ente investigador aún no ha dicho qué paso tomará en el proceso, fuentes de la Fiscalía señalaron que la juez que negó la preclusión expuso unos puntos de la investigación que se deben profundizar y que en ese sentido, se avanzará en la investigación para resolver la dudas que la juez manifestó en su decisión.

Además, de acuerdo con los abogados consultados, la Fiscalía aún podría insistir en la preclusión.

Camilo Burbano señaló que la «podría presentar una nueva solicitud de preclusión, incluso con las mismas causales, pero con evidencias diferentes. En segundo lugar, puede presentar el escrito de acusación, dando inicio al juicio contra el expresidente Uribe».

Sin embargo, expuso que hay una opción adicional: «y es que la Fiscalía realice el juicio y sea el mismo ente acusador que después de practicar las pruebas en el juicio, solicite que el expresidente Uribe sea declarado inocente, utilizando una figura jurídica llamada absolución perentoria».

Por su parte, el presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, señaló que la Fiscalía «está en absoluta libertad de, o volver a insistir en una preclusión, o acusar. No es cierto, que la decisión de ayer (miércoles) implique, de facto, un llamamiento a Juicio, pues esto no es del resorte de la juez».

Añadió entonces que el ente acusador «puede intentar una nueva preclusión con nuevos fundamentos y nuevas pruebas y someterla ante un juez«.

Legalmente, el artículo 332 del Código de Procedimiento Penal establece que hay siete causales por las que la Fiscalía puede pedir una preclusión:

1. Imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal.

2. Existencia de una causal que excluya la responsabilidad, de acuerdo con el Código Penal.

3. Inexistencia del hecho investigado.

4. Atipicidad del hecho investigado.

5. Ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado.

6. Imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia.

7. Vencimiento del término máximo previsto en el inciso segundo del artículo 294 del este código.

En marzo de 2021, cuando la Fiscalía pidió la preclusión de este caso, lo hizo al considerar «que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe», es decir, por las causales 4 y 5.

¿Se vencieron los términos?

Frente a si está vencido o no el plazo para la preclusión, Burbano indicó que el término de 120 días desde la imputación no estaría vencido porque el caso ha tenido varias particularidades, como el paso del sistema inquisitivo (en la Corte Suprema) al acusatorio (en la Fiscalía).

«Fue solo cuando la Corte estableció que se encontraba imputado que se pudo seguir con la actuación; por eso considero que es desde esa fecha que deben contarse los términos. Además, existió una solicitud de preclusión que duró más de un año. En estos eventos, cuando la preclusión se niega, el artículo 335 del Código de Procedimiento Penal establece que se descuenta todo el tiempo que demoró el trámite de preclusión», señaló.

Aunque desde el 6 de noviembre del 2020 un juez de Bogotá determinó que Uribe estaba imputado, tras haber rendido indagatoria en la Corte Suprema, hubo varios recursos para intentar tumbar esa determinación.

«Hay una necesidad, desde todos los puntos de vista, de que haya una decisión definitiva, o se va a insistir en una preclusión, o se va a acusar y a iniciar el juicio: Francisco Bernate»

Así, Uribe interpuso una tutela contra esa decisión, la cual fue negada el 28 de enero del 2021 por el Tribunal de Bogotá. Luego la Corte Constitucional seleccionó su tutela para revisión pero confirmó su negativa y mantuvo la imputación de Uribe en noviembre de 2021. El expresidente insistió y puso un recurso de nulidad contra ese fallo, pero el 13 de abril pasado la Corte Constitucional ratificó su decisión.

Más allá de esto, el abogado Burbano señaló que cuando se vence el término para solicitar la preclusión o presentar el escrito de acusación, el artículo 294 del Código establece que se debe cambiar al fiscal y el nuevo fiscal tiene un término, «que en el caso del expresidente Uribe, sería de 90 días, para presentar una nueva solicitud de preclusión o presentar escrito de acusación».

Bernate, por su parte, indicó que no están vencidos los plazos, «el vencimiento de términos tiene unas consecuencias en los eventos en que la persona está privada de la libertad, que no es el caso. En este asunto en particular, más que vencidos los términos, lo que sí hay es una necesidad, desde todos los puntos de vista, de que haya una decisión definitiva, o se va a insistir en una preclusión, o se va a acusar y a iniciar el juicio», expresó.

Más información: https://www.eltiempo.com/amp/justicia/investigacion/alvaro-uribe-podria-fiscalia-insistir-en-preclusion-con-otros-argumentos-668390