Proyecto aprobado hace cambios al Código Penal y otras normas para hacer más duras las sanciones.
En el país, aproximadamente dos de cada 10 condenados que están en prisión son reincidentes, según datos del Inpec que señalaban que a septiembre de este año de los 73.205 condenados en prisiones nacionales, 16.178 –el 22 por ciento– ya habían sido sentenciadas antes y volvieron a prisión.
Así mismo, de los 32.354 condenados que estaban en casa por cárcel para esa fecha, 5.553 son reincidentes.
»Si la Fuerza Pública hace su trabajo de capturar a los delincuentes, pero las autoridades judiciales no contribuyen con la judicialización, los tendremos nuevamente en las calles.»
Estas estadísticas se materializan en casos como el de alias Pipe, conocido por robar en el sector Santa Fe, del centro de Bogotá, a quien, según un informe de la alcaldía local, han capturado al menos siete veces solo este año. A esa situación se suma el grave panorama de inseguridad que se vive en el país, que mantiene en zozobra constante a los ciudadanos y ha llevado a medidas que tampoco han escapado de la polémica, como el acompañamiento del Ejército a las labores de la Policía.
Para enfrentar el grave fenómeno de inseguridad ciudadana, los ministerios de Defensa, Interior y Justicia presentaron al Congreso un proyecto de ley de seguridad ciudadana que fue aprobado este martes y ahora pasa a conciliación.
El ministro de Justicia, Wilson Ruiz, dijo en su momento que en la lucha contra la delincuencia deben participar todos. “Si la ciudadanía no denuncia, será más difícil lograr los resultados. Si la Fuerza Pública hace su trabajo de capturar a los delincuentes, pero las autoridades judiciales no contribuyen con la judicialización, los tendremos nuevamente en las calles atacando a los ciudadanos”, dijo.
El proyecto de ley que fue finalmente radicado en noviembre por el Minjusticia proponía modificaciones al Código Penal, al de Procedimiento Penal, al Código de Policía, y regulación de las armas menos letales y las blancas.
Aunque en el trámite legislativo la iniciativa cambió un poco, esto era lo que en principio proponía el Gobierno:
Penas más altas
Uno de los puntos claves era aumentar las penas, en términos generales, para los sentenciados que registren condenas en los 5 años anteriores por delitos dolosos. Además, se crea el delito de ‘intimidación o amenaza con arma de fuego; armas, elementos o dispositivos menos letales y arma blanca’, que penaliza con hasta 72 meses de cárcel a quien incurra en esa conducta.
Nuevas modificaciones vendrían en el delito de hurto, uno de los que más aquejan a los ciudadanos y el de mayor reincidencia. Se propuso que cuando la cuantía de lo robado no pase de cuatro 4 salarios mínimos legales mensuales la pena sea de entre 18 a 36 meses. Y cuando lo robado sea superior a 4 y no pase de 8 salarios mínimos legales mensuales, la pena sea de entre 24 y 48 meses.
Además, el texto planteaba penalizar el porte de armas blancas con hasta 36 meses de cárcel para quien tenga estos elementos en el transporte público o durante un evento masivo, salvo que su tenencia esté relacionada con una actividad, profesión u oficio legales.
La iniciativa también busca que en el momento de la judicialización los delincuentes no queden libres tan fácilmente. Por eso se haría un cambio al Código de Procedimiento Penal para que los jueces, a la hora de estimar si la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la comunidad, tengan en cuenta si en la comisión del delito se utilizaron armas de fuego, convencionales, hechizas, menos letales, o armas blancas.
Así mismo, a la hora de evaluar si hay riesgo de no comparecencia del capturado al proceso, los jueces también deberán valorar si se resistió a la captura mediante actos violentos o si este intentó huir.
Armas traumáticas
Además, se podrá procesar por porte ilegal de armas a quienes tengan armas menos letales, sus partes, accesorios o municiones sin autorización. En estos casos, que aplicarían a las armas traumáticas, neumáticas, de fogueo, eléctricas, entre otras, la pena será de entre 6 y 10 años de cárcel, pero la condena se duplicará si la conducta se comete usando medios motorizados, si el arma proviene de un delito, si hay resistencia violenta a los requerimientos de las autoridades, si se usan máscaras que oculten la identidad, cuando las armas o municiones hayan sido modificadas para aumentar su letalidad, entre otros.
Como parte de la regulación de las armas menos letales, la iniciativa del Gobierno establece que solo de manera excepcional los particulares podrán portar este tipo de elementos y para ello necesitarán un permiso especial.
Se crearía, así mismo, el Registro Nacional de Armas, Elementos y Dispositivos Menos Letales, que estará a cargo del Ministerio de Defensa. Otra parte del articulado introduce en el Código de Policía sanciones por portar armas menos letales sin permiso, con el permiso vencido, o estando bajo el efecto de sustancias psicoactivas. Esto acarreará una multa de alrededor de 242.000 pesos a precios de 2021 y la destrucción del arma.
La norma además establece la sostenibilidad del Registro Nacional de Identificación Balística que obliga al empadronamiento de las armas de fuego y la toma de su huella balística. Quien no cumpla con esa obligación queda en riesgo de perder su arma y de multas.
La iniciativa establece que el Ministerio del Interior creará un Sistema Único de Monitoreo del Recaudo a nivel nacional por concepto de pago de multas impuesta por los inspectores de policía. Allí se llevará el control de las multas impuestas a los ciudadanos por no acatar el Código de Convivencia y Seguridad Ciudadana.
La idea es que se haga el cobro efectivo de esas multas. Igualmente, propuso que los alcaldes del país deben incluir en sus planes la adecuación de la infraestructura y los programas pedagógicos para el cobro de las multas. Las administraciones locales deberán girar cada mes el 15 por ciento de lo recaudado para el sostenimiento del sistema.
Ataques a uniformados
De otro lado, la iniciativa introducía medidas que castigan la violencia contra uniformados o instalaciones policiales. Por ejemplo, si se comete un homicidio contra un miembro de la Fuerza Pública que estaba en sus labores, la pena podrá ser de hasta 600 meses de cárcel, cuando hoy la condena –sin agravantes– por este delito va hasta 450 meses. También habrá un nuevo agravante en las lesiones a uniformados, así como un artículo que aumenta las penas por violencia contra servidor público cuando se comete contra miembros de la Fuerza Pública.
Así mismo, se aumentarían las penas por daño a bien ajeno cuando es contra una infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, instalaciones militares o de policía. Esta medida ayudaría en la disuasión de daños a CAI y estaciones de policía, como los que se dieron en algunas protestas.
Frente a la obstrucción de vías públicas habría penas más altas para quienes usen elementos como máscaras o capuchas que oculten su identidad, bloqueen la vía valiéndose de su cargo como servidor público, usen armas de fuego, hechizas, o menos letales; o involucren a niños en estos eventos.
Además, se crearía el delito de obstrucción a la función pública, que castiga a quienes mediante violencia u otra forma de coacción instiguen a otras personas a dificultar el trabajo de los funcionarios oficiales; y en el delito de instigación a delinquir se establecen penas de entre 48 y 72 meses a quien promueva hurtos y daño en bien ajeno.
En los cambios al Código de Policía también se toca una de las figuras que más polémica causó en el paro nacional: el traslado por protección de los ciudadanos.
En este punto se hacen precisiones en las condiciones del traslado y se reafirma que estas personas no pueden ser llevadas a cárceles ni a instalaciones de la Policía; se establece que los policías entregarán a la persona a su familia o, en su defecto, a un Centro de Traslado por Protección, y que la implementación de estos es responsabilidad de los entes territoriales. Si en un municipio no hay un Centro de Traslados por Protección, no se podría usar la medida; además, los alcaldes deberán crear un sistema único de información de personas trasladas por protección.
Finalmente, la iniciativa establece que los alcaldes del país tendrán la facultad de elaborar e implementar el Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana, dentro de los 6 meses del primer año de gobierno, en el marco de las políticas que para tal efecto establezca el Gobierno Nacional.
Mejorar la investigación
Frente a las medidas que se requieren para combatir la reincidencia, el ministro Ruiz añadió que el llamado a los jueces, en el marco de sus competencias y respetando su autonomía, es a que «contribuyan con la debida y oportuna judicialización de los capturados. No podemos permitir que los delincuentes se sigan burlando de la justicia, valiéndose de argucias para recuperar la libertad y salir a hacer daño”, manifestó y añadió que para esto “es necesario dar mayores herramientas jurídicas a los jueces, porque ellos deben actuar conforme a la Constitución y la ley”.
Por su lado, el director de la Corporación Excelencia en la Justicia, Hernando Herrera, citó un análisis hecho por la Corporación a partir de cifras de Policía y Fiscalía de 2019 y los primero dos meses del 2020. En esos 14 meses se registraron 280.000 casos de hurto, y en algunos de esos se identificó a 70 personas que habían sido detenidas más de 40 veces por ese delito.
Por eso, Herrera comentó que el Código Penal, en cuanto a reincidencia de hurto, no está funcionando bien, por lo que consideró que debería revisarse la legislación penal para combatir la reincidencia, “no importa cuánto hagan los fiscales y los jueces si existen fisuras”, concluyó.
No obstante, el abogado penalista Camilo Burbano expuso en su momento que el problema no está en las leyes sino en la eficacia de las investigaciones. Agregó que está comprobado que aumentar las penas no soluciona el problema de reincidencia, sino que debe trabajarse en mejorar las capacidades de investigación.
Al respecto, estadísticas recopiladas por la CEJ señalan que en 2020 fueron evacuadas del Sistema Penal Oral Acusatorio 446.060 noticias criminales (denuncias, en su mayoría) por todos los delitos en general. El 85,3 por ciento (380.525 casos) de esas salidas fue por archivo y solo 2,2 por ciento (10.087 casos) fueron una condena.
Es decir que de cada 100 casos que se abren en el país por todo tipo de delitos, más de 80 terminan archivados y en menos de 3 procesos se llega a una condena.
Esta iniciativa la venimos trabajando con los ministerios del Interior y Justicia y hemos encontrado instrumentos jurídicos para mejorar en temas de seguridad ciudadana. Hay asuntos importantes como dar a la reincidencia una circunstancia de mayor punibilidad.
Vamos a sacar el decreto de armas traumáticas, pero vamos a incorporar en esta ley otros aspectos del mismo tema y de armas blancas. Hay una cosa que es muy importante y es garantizar la sostenibilidad del Registro Nacional de Identificación Balística, que es muy importante para la investigación criminal.
La Corte Constitucional ya había tumbado una norma sobre la reincidencia, ¿en esta ocasión esperan que el Congreso y la Corte los acompañe?
La norma tiene aspectos diferentes al que ya había tratado la Corte. Esperamos tener todo el respaldo porque este es un aspecto que hemos detectado como crítico en materia de seguridad ciudadana.
¿Han contemplado regular el tema de las motos y los parrilleros?
No, esa es una medida más administrativa, que depende mucho de la circunstancia de cada ciudad.
Ministro, con estas medidas parece que va a terminar más gente presa. ¿No temen que se dispare el hacinamiento y lo costoso de eso?
El problema que estamos observando es que capturamos a las personas y por la ley, esos delitos son excarcelables. Somos conscientes de las consecuencias, pero es eso o dejar que siga la actividad criminal. Ahora lo que se busca es que los reincidentes, los que realmente se dedican a la actividad criminal, vayan a la cárcel; no puede ser que sigan en la calle, tenemos que ser mucho más exigentes en el ejercicio de la aplicación de la justicia.
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